Condena histórica por esclavitud laboral

Maria Ximena Zuzunaga Guardia
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Caso Nicolini: Condena histórica por esclavitud laboral

El sistema de justicia peruano alcanzó un precedente sin precedentes al confirmarse, en segunda instancia, la primera sentencia firme por el delito de esclavitud laboral en el país. Se trata del denominado Caso Nicolini, vinculado al incendio ocurrido en junio de 2017 en las galerías del centro comercial Nicolini, Cercado de Lima. Este siniestro provocó la muerte de dos jóvenes trabajadores y dejó a otros tres como víctimas de explotación laboral extrema.

La Fiscalía Superior Especializada en Delitos de Trata de Personas de Lima Centro logró que se ratifique la condena por el delito de trata de personas agravada con fines de explotación laboral y esclavitud. 

Confirmación de condenas

Los responsables del delito son Jonny Coico Sirlopu y Vilma Zeña Santamaría, pareja de esposo que en 2018 fueron sentenciados a 35 y 32 años de prisión efectiva, respectivamente. Tras un recurso de apelación presentado por Zeña Santamaría, en diciembre de 2025 el Poder Judicial confirmó la pena de 32 años de cárcel en su contra.

Con esta decisión, las penas privativas de libertad quedan inamovibles. Además, ambos sentenciados fueron inhabilitados para contratar con el Estado por el mismo periodo de sus condenas, como parte de las sanciones accesorias impuestas.

Condiciones de esclavitud y explotación

De acuerdo con la investigación fiscal, las víctimas eran jóvenes que trabajaban encerrados con candado dentro de un contenedor metálico ubicado en el quinto piso de la galería comercial. Por un pago de apenas 25 soles diarios, y sin contrato ni derechos laborales, los trabajadores debían armar luminarias de manera manual, sustituyendo marcas originales por otras reconocidas en el mercado. Permanecían allí desde las 9 de la mañana hasta las 7 de la noche, en un espacio con escasa ventilación e iluminación, sin acceso a servicios higiénicos ni alimentación adecuada.

El 22 de junio de 2017, un incendio de gran magnitud consumió la galería Nicolini. Dos jóvenes, Jovi Herrera Alania (20) y Jorge Luis Huamán Villalobos (19), quedaron atrapados dentro del contenedor metálico al no poder salir por encontrarse bajo llave. La estructura blindada impidió una intervención oportuna de los bomberos, lo que derivó en su fallecimiento.

Las investigaciones judiciales demostraron que el encierro no era un hecho aislado, sino una práctica sistemática utilizada por los empleadores para controlar a los trabajadores y evitar pérdidas de mercadería. 

Precedente judicial

Como parte de la sentencia, Coico y Zeña deberán pagar S/ 20 000 a favor de las víctimas sobrevivientes, además de montos de S/ 479 000 y S/ 459 000 destinados a los herederos legales de los dos jóvenes fallecidos.

Desde el Ministerio Público se destacó la trascendencia del fallo. La fiscal superior Rocío Gala Gálvez, coordinadora nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Trata de Personas, señaló que se logró acreditar la violación de la libertad personal con fines de explotación laboral en su modalidad de esclavitud. En tal sentido, el caso se convierte en el primer precedente firme de este tipo en la historia judicial del país.

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