La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) sorteó públicamente el orden de aparición de las organizaciones políticas en la franja electoral de las elecciones primarias de los comicios regionales y municipales 2026.
Se trata de los espacios en los medios de radiodifusión y televisión, de propiedad privada o del Estado de señal abierta, canales nacionales de cable de alcance nacional, estaciones de radio, públicos o privados. También, a contratar publicidad diaria en redes sociales, para que difundan gratuitamente sus programas de gobierno regional y municipal del 2 al 14 de mayo de 2026.
El acto se realizó de manera simultánea en las sedes y/o locales dispuestos por la ONPE a través de la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios (GSFP), en las capitales de departamento, la Provincia Constitucional del Callao y en la ciudad de Huaura. En todos los casos, la actividad se desarrolló con presencia de un notario público y estuvieron invitados representantes de los jurados electorales especiales respectivos, del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, de la Defensoría del Pueblo y de las organizaciones políticas.
En ese contexto, considerando que a la fecha de realización del presente sorteo aún se encuentra en curso el plazo para la presentación de candidaturas ante el órgano electoral correspondiente (2 abril de 2026), la participación de las organizaciones políticas en la franja electoral se habilita a fin de garantizar sus derechos de participación e igualdad de trato. No obstante, dicha participación en la Franja Electoral se encuentra sujeta al cumplimiento de los requisitos legales y a las evaluaciones en curso, tales como la presentación de solicitud de inscripción de candidatos ante el órgano electoral de la organización política y hasta que se culmine con notificar la modalidad de las Elecciones Primarias presentada ante la ONPE, condiciones necesarias para proceder con la difusión de los spots en la Franja Electoral.
Sorteo para la franja electoral
En primer lugar, se ordenó alfabéticamente los nombres de todas las organizaciones políticas que participan en el proceso y se les asignó un número correlativo ascendente, empezando por el número 1 hasta completar la numeración de todas. La organización política a la que correspondió el primer bolillo extraído, obtuvo el primer lugar de aparición, la organización política a la que correspondió el segundo bolillo ocupó el segundo lugar, y así sucesivamente.
La franja electoral se pone a disposición gratuita de los partidos políticos, movimientos regionales o alianzas electorales con inscripción definitiva de su fórmula a la gobernación y vice gobernación regional y/o de su lista al consejo regional y/o de su lista de candidatos a alcaldes municipales. La transmisión en radio, televisión y medios digitales (redes sociales) serán de lunes a domingo, en horarios específicos que van de 7:00 a 8:00 horas, redes sociales a la 1:00 p.m. y televisión de 20:00 a 21:00 horas.
Las agrupaciones políticas deben presentar sus spots ante las sedes de la ONPE en las oficinas descentralizadas de procesos electorales (ODPE) y Oficinas Regionales de Coordinación (ORC) con una anticipación no menor a los 20 días calendario de la fecha programada para el inicio de la difusión de la franja electoral. Para el caso de los comicios del 17 de mayo, el plazo límite para presentar sus spots será desde el 1 al 8 de abril de 2026.
Los mensajes podrán realizarse en cualquiera de los idiomas oficiales previstos en la Constitución Política del Estado y deben contar con un intérprete de lenguaje de señas. En caso que los spots se encuentren en un idioma oficial diferente al castellano, deberán estar acompañados de su respectiva traducción. Los espacios de tiempo no utilizados por las organizaciones políticas serán destinados a la difusión de educación electoral, según lo determine la ONPE.
Las grabaciones a emitirse durante la transmisión de la franja electoral deben referirse a los planes de gobierno de las organizaciones políticas. Los contenidos de la franja deben ajustarse a los principios de legalidad, veracidad, autenticidad, igualdad y no discriminación, establecidos en la Ley de Organizaciones Políticas.
En este sentido, los spots entregados no deben contener ofensas, agravios ni mensajes que afecten el honor o la reputación de las personas. Tampoco expresiones discriminatorias o que inciten a la violencia, al racismo o al sexismo; referencias a planes, candidatos u organizaciones políticas distintas a las que pertenece; imágenes de niñas, niños y adolescentes, propaganda ajena al proceso electoral convocado, entre otras prohibiciones, establecidas en el artículo 54º del Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios. Los spots deben entregarse a la ONPE, dentro del plazo fijado por este organismo, para su evaluación, aprobación y difusión en la franja.
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