Norma obliga a concesionarios y operadores a reportar actividades e indicadores de desempeño.
El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) aprobó el “Procedimiento de entrega de información sobre el Sistema de Integridad de Ductos de las Instalaciones de Transporte de Hidrocarburos”, mediante la Resolución de Consejo Directivo N.° 134-2026-OS/CD, publicada en las Normas Legales del diario oficial El Peruano.
La medida busca estandarizar los mecanismos de entrega de información por parte de los concesionarios u operadores de ductos de transporte de hidrocarburos, con el objetivo de mejorar la trazabilidad, uniformidad y eficacia de la función supervisora de Osinergmin.
De acuerdo con la norma, el procedimiento establece los plazos, formas y medios para que las empresas entreguen información sobre las actividades, indicadores de desempeño y cambios vinculados al Sistema de Integridad de Ductos. Este sistema tiene como finalidad reducir riesgos de fallas e incidentes que puedan afectar la seguridad de las personas, las instalaciones y el ambiente.
El procedimiento será aplicable a los concesionarios u operadores obligados a desarrollar e implementar un Sistema de Integridad de Ductos para las Áreas de Alta Consecuencia, conforme al Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos.
Entre las actividades que deberán reportarse figuran las de inspección, prevención, reparación, comunicación, capacitación y auditorías. Además, los operadores deberán mantener indicadores que permitan evaluar anualmente la efectividad de su sistema, incluyendo indicadores de proceso, operacionales y de integridad.
La norma dispone que, hasta el quinto día hábil de diciembre de cada año, los operadores deberán presentar el programa de actividades y los indicadores de desempeño previstos para el año siguiente. Asimismo, hasta el quinto día hábil de abril, deberán remitir los resultados del año anterior, incluyendo el registro de cambios que puedan afectar la integridad de los ductos o la capacidad para mantener el sistema.
La información deberá presentarse a través de la Ventanilla Virtual del Osinergmin o por la Mesa de Partes de la entidad. Además, tendrá carácter de declaración jurada y deberá estar suscrita por el personal responsable de su elaboración.
En caso de no presentar la información, entregarla fuera de plazo o remitir datos falsos o inexactos, Osinergmin podrá iniciar los procedimientos administrativos sancionadores correspondientes. La resolución incorpora esta obligación en las escalas de multas aplicables a las divisiones de supervisión de gas natural e hidrocarburos líquidos, con sanciones que pueden llegar hasta 3,600 UIT y 3,200 UIT, respectivamente.




