Pero ojo, que el municipio sí cuenta con facultades para regular los horarios de funcionamiento de los establecimientos y limitar la venta de alcohol.
Indecopi declaró como barreras burocráticas ilegales las restricciones impuestas por la Municipalidad Metropolitana de Lima a los horarios de funcionamiento de discotecas, salones de baile y establecimientos similares, así como a la venta de bebidas alcohólicas.
De acuerdo con la resolución, la comuna limeña no presentó pruebas suficientes que demostraran una relación directa entre las limitaciones establecidas y la protección de la seguridad o la tranquilidad ciudadana. Por ese motivo, Indecopi dejó sin efecto las disposiciones contenidas en las ordenanzas N.° 235 y N.° 1568.
Estas normas establecían que las discotecas, salones de baile y locales similares no podían iniciar sus actividades antes de las 8:00 p. m. durante los días de semana. Para los sábados, domingos y feriados, el horario de apertura estaba permitido desde las 3:00 p. m.
Las ordenanzas también fijaban restricciones para la venta y expendio de bebidas alcohólicas en el Cercado de Lima y en otros sectores de Lima Metropolitana.
Indecopi precisó que la Municipalidad Metropolitana de Lima sí cuenta con facultades para regular los horarios de funcionamiento de los establecimientos y limitar la venta de alcohol.
Sin embargo, señaló que estas medidas deben contar con una justificación objetiva, estar debidamente sustentadas y cumplir las disposiciones establecidas en el Decreto Legislativo N.° 1256, que regula la prevención y eliminación de barreras burocráticas.




