Castillo interpone denuncia penal contra Boluarte y congresistas que lo destituyeron

Fernanda Damaris Flores Davila
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El procesado Pedro Castillo acusa a la exmandataria Dina Boluarte y parlamentarios por presuntos delitos de abuso de autoridad, nombramiento ilegal de cargo y aceptación del mismo.

El expresidente Pedro Castillo Terrones, presentó una denuncia penal contra los congresistas que aprobaron en el 2022 su moción de vacancia, tras el golpe de Estado fallido. La demanda señala que la destitución no cumplió con los requisitos legales establecidos en el reglamento del Congreso.

El Estudio Jurídico Adrianzen, defensa del ex jefe de Estado, presentó una documentación en defensa de Castillo donde sostiene que la decisión del pleno no cumplió con el mínimo de los votos requeridos.

De acuerdo con el reglamento interno del Congreso, el artículo 89-A exige 104 votos para la vacancia del presidente de la República. Sin embargo, la votación llevada el 7 de diciembre del 2022 obtuvo 101 votos. En tal sentido, la defensa sostiene que el procedimiento debió quedar inválido al no cumplir con el parámetro legal.

Por otra parte, Castillo sustentó que no se le permitió ejercer su defensa y que “no tuvo abogado particular ni de oficio” en su momento. Asimismo, estos hechos tendrían como fundamento que los congresistas cometieron abuso de autoridad, tipificado en el artículo 376 del Código Penal.

En esta línea, el ex jefe de estado, responsabiliza a Boluarte y a los congresistas por el presunto delito de nombramiento ilegal del cargo sin haber cumplido con el número de votos requeridos. A su vez, la denuncia agrega que Boluarte incurrió en aceptación ilegal, correspondiente al artículo 381 del Código Penal, al juramentar como presidenta de la República pese a no haberse cumplido los votos mínimos solicitados para la vacancia.

 

¿Fue validó la moción de vacancia contra Castillo?

De acuerdo con el reglamento, para que se realice una vacancia “exprés”, se requiere cuatro quintas partes del número legal de congresistas, equivalente a 104 votos, para la vacancia. Sin embargo, el Tribunal Constitucional cerró el debate sobre dicho proceso.

La instancia recaída del expediente 1803-2023-PHC/TC correspondiente al 20 de febrero del 2024, el cual declaró improcedente el hábeas corpus interpuesto por Castillo. Además, el Colegiado consideró que la vacancia por incapacidad moral se produjo acto seguido de haber anunciado el golpe de Estado por medio de un mensaje a la Nación el 7 diciembre del 2022 y no cuando el Congreso declaró su vacancia.

Asimismo, añadió que el legislativo actuó con legítima celeridad debido al contexto de situación excepcional de emergencia, anuncio de golpe de Estado. En tal sentido, sustenta que “no es exigible el cumplimiento riguroso de todos los requisitos de procedimiento regulados en el artículo 89-A del Reglamento del Congreso”. Por lo tanto, los altos funcionarios cuentan con investidura e inmunidad temporal con el fin de garantizar el adecuado ejercicio de sus funciones.

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