¿Qué camino sigue el pedido de facultades legislativas en el Congreso?

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La solicitud de delegación de facultades legislativas presentada por el Poder Ejecutivo inicia un recorrido por el nuevo Congreso bicameral antes de que el Gobierno pueda legislar mediante decretos legislativos sobre las materias autorizadas.

El procedimiento comienza con la presentación de una proposición legislativa ante el Congreso, en la que el Ejecutivo debe precisar las materias específicas sobre las que solicita facultades y el plazo durante el cual pretende ejercerlas.

La iniciativa inicia su trámite en la Cámara de Diputados, donde es derivada a las comisiones correspondientes. Estas evalúan el pedido y pueden mantener, modificar o excluir algunas de las materias planteadas por el Ejecutivo. Tras el análisis, las comisiones emiten un dictamen.

Posteriormente, el documento pasa al Pleno de la Cámara de Diputados, que debate y decide sobre la propuesta. Si obtiene los votos necesarios, el dictamen continúa su trámite en el Senado de la República.

El Senado también revisará el pedido

Una vez recibido el proyecto aprobado por los diputados, el Senado lo deriva a la comisión competente para su análisis. Superada esta etapa, la propuesta llega al Pleno del Senado.

Los senadores podrán debatir el dictamen y, de acuerdo con el procedimiento constitucional, aprobarlo, modificarlo o rechazarlo.

Si finalmente la ley de delegación de facultades queda aprobada por el Congreso, la autógrafa será remitida al Poder Ejecutivo para su promulgación.

A partir de entonces, el presidente de la República podrá emitir decretos legislativos únicamente sobre las materias expresamente delegadas y dentro del plazo autorizado por el Congreso.

El proceso no termina allí. Conforme al artículo 104 de la Constitución, los decretos legislativos emitidos por el Ejecutivo quedan sujetos al control parlamentario, función que, dentro del esquema bicameral, corresponde al Senado.

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