El diputado de Ahora Nación, César Augusto Holguín Loaiza, integrante del grupo parlamentario Ahora Nación, presentó un proyecto de ley que propone derogar la Ley N.° 32735, norma que modificó el Código Penal Militar Policial y el Nuevo Código Procesal Penal para ampliar los alcances del denominado delito de función.
La iniciativa, identificada como Proyecto de Ley N.° 00004-2026-2031-CD, busca restituir la competencia de la justicia penal ordinaria para conocer los procesos seguidos contra militares y policías por la presunta comisión de delitos comunes.
La propuesta contiene tres artículos. El primero establece como objeto la derogación de la Ley N.° 32735; el segundo elimina expresamente dicha norma; mientras que el tercero dispone restituir las disposiciones del Decreto Legislativo N.° 1094, Código Penal Militar Policial, y del Decreto Legislativo N.° 957, Nuevo Código Procesal Penal, con el texto que tenían antes de su entrada en vigor.
El proyecto tiene la coautoría de Helard Bladimir Sonco Villanueva, César Augusto Muedas Balbiese, Ángel Renato Meneses Crispín, Indira Isabel Huilca Flores y Marleny Bibiana Arminta Valencia.
Cuestionan ampliación del delito de función
En su exposición de motivos, el proyecto sostiene que la Ley N.° 32735, publicada el 21 de julio de 2026, amplió el concepto de delito de función al incluir conductas realizadas durante acciones militares o policiales, en acto de servicio, como consecuencia del servicio o con ocasión de este.
Según el documento, esta modificación permitiría que determinados hechos presuntamente delictivos, que podrían ser considerados delitos comunes, sean investigados y juzgados por la jurisdicción militar-policial en lugar de la justicia ordinaria.
La ley cuestionada también establece que no podrán continuar simultáneamente procesos en la jurisdicción ordinaria y militar-policial contra una misma persona por los mismos hechos. Además, dispone que, ante un conflicto de competencia, se otorgue preferencia a la jurisdicción militar-policial cuando se trate de hechos cometidos durante el servicio o vinculados con las funciones de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional.
El proyecto advierte que esta regulación podría provocar el traslado de investigaciones y procesos en trámite hacia el fuero militar-policial. Incluso, señala que la norma permite el archivo definitivo de investigaciones preparatorias o procesos penales ordinarios, así como dejar sin efecto sentencias que todavía no tengan la condición de cosa juzgada.
Argumentos constitucionales
La iniciativa sostiene que la jurisdicción militar-policial debe tener un carácter excepcional y limitarse exclusivamente a delitos de función relacionados con bienes jurídicos propios del orden y la disciplina militar o policial.
En ese sentido, señala que la Ley N.° 32735 podría afectar el derecho al juez natural, la imparcialidad judicial, el debido proceso y el acceso de las víctimas a la justicia. Para sustentar esta posición, el documento menciona los artículos 139 y 173 de la Constitución, así como jurisprudencia del Tribunal Constitucional y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Los autores de la propuesta consideran que los presuntos delitos comunes y las posibles violaciones de derechos humanos cometidas por militares o policías deben ser investigados, juzgados y sancionados por la jurisdicción penal ordinaria.
Finalmente, el proyecto precisa que su aprobación no generaría gastos adicionales para el Estado ni requeriría crear nuevas entidades. Su efecto principal sería restablecer las competencias judiciales vigentes antes de la publicación de la Ley N.° 32735.




