El congresista Juan Bartolome Burgos Oliveros, de la bancada de Podemos Perú, presentó el proyecto de Ley N° 13874/2025-CR que propone regular la anulación de la pensión vitalicia y demás beneficios análogos de ex presidentes de la República en casos de vacancia o sentencia condenatoria por delitos contra la administración pública.
LEY QUE ESTABLECE LA ANULACIÓN DE LA PENSIÓN VITALICIA Y DEMÁS
BENEFICIOS ANÁLOGOS DE EX PRESIDENTES DE LA REPÚBLICA EN CASOS DE
VACANCIA O SENTENCIA CONDENATORIA POR DELITOS CONTRA LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
El congresista JUAN BARTOLOME BURGOS OLIVEROS, integrante del Grupo Parlamentario Podemos Perú, en ejercicio del derecho a iniciativa de formación de leyes que le confiere el artículo 107° de la Constitución Política, y en concordancia con los artículos 67°, 74°, 75°, y, 76° del Reglamento del Congreso, pone a consideración el siguiente Proyecto de Ley:
FÓRMULA LEGAL
Artículo 1. Objeto de la Ley
La presente ley tiene por objeto establecer la anulación de la pensión vitalicia y demás beneficios análogos previstos en la Ley 26519 y normas conexas, considerados a favor de los expresidentes constitucionales siempre que se haya producido cualesquiera de los siguientes supuestos:
(i) Que, hubiesen sido vacados por el Congreso de la República, conforme
procedimiento constitucional; o
(ii) Que, hubiesen sido condenados en primera instancia en calidad de autor o cómplice, por la comisión de delitos contra la administración pública.
Artículo 2. Suspensión preventiva de la pensión vitalicia por investigación por delitos contra la administración pública
Cuando exista formalizada una investigación contra un ex presidente de la República, por delitos contra la administración pública, la entidad administrativa competente dispondrá, con informe motivado, la suspensión preventiva del pago de la pensión y beneficios análogos hasta la emisión de la sentencia en primera instancia del proceso penal. La sentencia condenatoria de primera instancia, genera la anulación automática de la pensión.
Artículo 4. Restitución de sumas percibidas indebidamente
La vacancia o sentencia condenatoria en primera instancia por delitos contra la administración pública del expresidente de la República, otorga al Estado el derecho de iniciar el procedimiento administrativo de recuperación de recursos pagados indebidamente, así como, las acciones civiles de reparación y responsabilidad patrimonial que procedan.
También puedes leer: ¿Solución técnica? Plantean participación militar en infraestructura




