¿Se acaba la ATU? Presentan proyecto para devolver el transporte a Lima y Callao

Maria Ximena Zuzunaga Guardia
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¿Se acaba la ATU? Presentan proyecto para devolver el transporte a Lima y Callao

El congresista Jorge Luis Flores Ancachi, de la bancada Alianza para el Progreso, presentó el proyecto de Ley N° 13972/2025-CR que propone restituir a las municipalidades de Lima y Callao la competencia plena sobre el transporte urbano. En tal sentido, se busca derogar la Ley N° 30900, Ley que crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU).

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LEY QUE RESTITUYE A LAS MUNICIPALIDADES DE LIMA Y CALLAO LA
COMPETENCIA PLENA SOBRE EL TRANSPORTE URBANO Y DEROGA
LA LEY N.° 30900 LEY QUE CREA LA AUTORIDAD DE TRANSPORTE
URBANO PARA LIMA Y CALLAO (ATU)

El Congresista JORGE LUIS FLORES ANCACHI, y los congresistas de la bancada ALIANZA PARA EL PROGRESO, que rubrican el presente documento, en ejercicio del derecho de iniciativa legislativa previsto por el artículo 107° de la Constitución Política del Perú y según lo regulado por los artículos 67° 75° y 76° del Reglamento del Congreso de la República, presentan a consideración del Congreso de la Republica la siguiente iniciativa legislativa:

FÓRMULA LEGAL

Artículo 1. Objeto de la Ley

La presente ley tiene por objeto restituir a la Municipalidad Metropolitana de Lima y a la Municipalidad Provincial del Callao la competencia exclusiva de planificación, regulación, gestión, fiscalización y prestación de los servicios de transporte urbano de pasajeros y vehículos menores en sus respectivas jurisdicciones, disponiendo la extinción de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao – ATU.

Artículo 2. Reasignación de competencias

Restituyese a la Municipalidad Metropolitana de Lima y a la Municipalidad Provincial del Callao la totalidad de las competencias transferidas a la ATU mediante la Ley N.° 30900 y normas conexas.

a) Para el ejercicio de dichas competencias, las municipalidades quedan facultadas para:
• Aprobar y ejecutar planes integrales de transporte urbano.
• Otorgar, renovar, fiscalizar y revocar autorizaciones y concesiones para la prestación de servicios de transporte.
• Establecer y administrar rutas, terminales, paraderos y demás infraestructura vinculada al transporte.
• Regular y supervisar los sistemas de recaudo, control de flota y tecnologías de gestión del transporte.
• Imponer sanciones administrativas por infracciones a la normativa de transporte.

b) Las competencias reasignadas son de ejercicio exclusivo y excluyente, no pudiendo ser transferidas a ningún otro organismo distinto a las municipalidades provinciales de Lima y Callao.

Artículo 3. Comisión Técnica de Transferencia

Créase la Comisión Técnica de Transferencia encargada de conducir el proceso ordenado de extinción de la ATU y de reasignación de funciones, bienes, personal y recursos.

a) Un representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
b) Un representante de la Municipalidad Metropolitana de Lima.
c) Un representante de la Municipalidad Provincial del Callao.
d) Un representante de la Contraloría General de la República.

La Comisión tiene un plazo máximo de noventa (90) días hábiles, contados desde la vigencia de la presente ley, para presentar un informe final con el plan de transferencia y liquidación de la ATU.

Artículo 4. Transferencia de recursos y personal

El Ministerio de Economía y Finanzas autorizará las transferencias presupuestarias necesarias para garantizar la operatividad de las municipalidades en el ejercicio de sus competencias restituidas. Asimismo, el personal técnico de la ATU podrá ser reasignado conforme a la evaluación de cada municipalidad, respetando íntegramente sus derechos laborales adquiridos.

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