El congresista Wilson Soto Palacios, de la bancada de Acción Popular, presentó el proyecto de Ley N° 13949/2025-CR que propone la modificación la Ley de Organizaciones Políticas, para incluir prohibiciones al financiamiento público indirecto.
LEY QUE MODIFICA LA LEY DE ORGANIZACIONES POLÍTICAS, PARA INCLUIR
PROHIBICIONES AL FINANCIAMIENTO PÚBLICO INDIRECTO
El Congresista de la República que suscribe, WILSON SOTO PALACIOS y los Congresistas integrantes del Grupo Parlamentario Acción Popular, y demás Congresistas firmantes, al amparo de lo dispuesto en el artículo 107 de la Constitución Política del Perú y conforme los artículos 22° inciso c), 75° y 76 del Reglamento del Congreso de la República, presentan la siguiente iniciativa legislativa:
FÓRMULA LEGAL
Artículo 1. Objeto de la Ley
La presente ley tiene por objeto modificar el artículo 37 de la Ley 28094, Ley de Organizaciones Políticas, a fin de incorporar prohibiciones expresas al uso del financiamiento público indirecto, con el propósito de prevenir el uso indebido de recursos públicos en beneficio de representantes, afiliados, simpatizantes o terceros que mantengan vínculos directos o indirectos con las organizaciones políticas.
Artículo 2. Modificación del artículo 37 de la Ley 28094
Se modifica el artículo 37 de la Ley 28094, en los términos siguientes:
“Articulo 37. Financiamiento público indirecto y prohibiciones
[…] Queda prohibida la contratación, con cargo a los recursos del financiamiento público indirecto, de afiliados, simpatizantes, así como de personas naturales o jurídicas que mantengan vínculo directo o indirecto con el partido político o movimiento regional beneficiario. La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) es la entidad competente para la fiscalización, sanción y recuperación de los montos indebidamente utilizados, conforme a la normativa vigente.”




